SITRAJUR presentó una nueva nota ante el STJ impugnando la exigencia de una antigüedad mínima no contemplada en el Reglamento Judicial
El Sindicato de Trabajadores Judiciales de Río Negro presentó formalmente ante el Superior Tribunal de Justicia un escrito en el que solicita la revisión y nulidad parcial de la Resolución N° 148/25-STJ, en lo relativo al llamado a concursos internos cerrados para cargos de Jefatura de División en el ámbito de la Defensa Penal.
En dicha resolución, el STJ incorporó como requisito excluyente el contar con una antigüedad mínima de cinco (5) años en la categoría de Jefe/a de Despacho para poder postularse, medida que no se encuentra prevista en el Reglamento Judicial vigente y constituye una modificación sustancial del régimen concursal sin sustento legal.
Desde SITRAJUR, denunciamos que esta cláusula vulnera el principio de legalidad y puede derivar en actos arbitrarios, afectando derechos de las y los trabajadores judiciales que reúnen los requisitos reglamentarios y que, sin embargo, ven restringida su posibilidad de acceder a concursos en igualdad de condiciones.
El Reglamento Judicial es claro respecto de los criterios que deben regir la confección de los órdenes de mérito en concursos internos cerrados:
- Personal del fuero o área/organismo con la categoría inmediata inferior.
- Personal del fuero o área/organismo de las restantes categorías.
En ningún punto se establece como condición excluyente la antigüedad en la categoría, y mucho menos se exige un mínimo de cinco años para postularse, como pretende ahora la resolución cuestionada.
Convocamos a los compañeros y compañeras afectados por esta disposición a presentar sus reclamos individuales por correo electrónico a:
📩 gestiondesarrollocarrera@jusrionegro.gov.ar,
adjuntando copia a:
📩 sitrajurcentral@sitrajur.com.ar
La defensa de la carrera judicial exige reglas claras, previsibles y sin discrecionalidad. Desde SITRAJUR reafirmamos nuestro compromiso con una organización laboral justa, transparente y al servicio de las y los trabajadores judiciales.